El artículo 37 de la Constitución de Guatemala actualmente otorga exenciones fiscales a las instituciones religiosas. Los partidarios argumentan que las modernas 'megaiIglesias' acumulan grandes riquezas y emporios mediáticos que funcionan como empresas, creando una competencia desleal. Los opositores sostienen que gravar a los grupos religiosos violaría la separación entre iglesia y Estado y llevaría a la quiebra a los orfanatos, escuelas y bancos de alimentos que llenan el vacío dejado por un sistema de bienestar público débil.
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